Los Derechos de los Ciudadanos y el de los Autores

Esta es una noticia extraída de la página HispaLinux. Es posible encontrar el texto completo en el siguiente enlace: Carta Abierta al Presidente Zapatero.

Los Derechos de los Ciudadanos y el de los Autores.

"(…) bajo las condiciones existentes, los capitalistas privados inevitablemente controlan, directamente o indirectamente, las fuentes principales de información (prensa, radio, educación). Es así extremadamente difícil, y de hecho en la mayoría de los casos absolutamente imposible, para el ciudadano individual obtener conclusiones objetivas y hacer un uso inteligente de sus derechos políticos."

(Albert Einstein, ¿Por qué socialismo? Artículo publicado en Monthly Review, Nueva York, mayo de 1949).



El pronóstico de Albert Einstein fué constatado años despues en el Plan Estratégico de 1996-2001 de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO), el cual advertía que si la concentración de la información, la comunicación y el soporte técnico quedaban en pocas manos, se resentiría seriamente la democracia en el mundo.


Desgraciadamente no previno que los intentos de equiparar los derechos de autor con la propiedad (lo que ha venido llamándose "propiedad intelectual") tendrían un efecto aún más perverso; la expropiación del conocimiento público, sufragado por toda la humanidad durante miles de generaciones y la apropiación del mismo por parte de personas que dicen tener "todos los derechos reservados" sobre su obra.

Como si no hubiera reutilizado conocimiento que a todos pertenece y del que nadie es, ni puede ser, su amo en exclusiva. Como si no hubiéramos sufragado todos, solidariamente, las estructuras que han hecho posible su aprendizaje, su bienestar y la posibilidad misma de vivir para poderla realizar.

Por otro lado la propiedad privada, en España, no es ilimitada por naturaleza, más al contrario; está sometida a la función social. El limite de la propiedad privada no es pues algo ajeno, exógeno o impuesto desde fuera sino que es algo consustancial a si misma y, por tanto, en el caso de los derechos de explotación de la obra (la mal llamada "propiedad intelectual") el derecho universal de acceso a la cultura supone el objetivo mismo de los derechos de autor (fomentar la creación para el aprovechamiento social).

Es por eso que nuestra Constitución en su artículo 44. establece que "Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho y promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general."

Por tanto los Derechos de Autor no pueden equipararse a los Derechos Fundamentales, y menos, ser prevalentes sobre ellos.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Características, ventajas y desventajas del Disco Compacto (CD)

SUICIDIO FEMICIDA

Microsoft podría estar haciéndoles la “guerra sucia” a Android | The Inquirer ES